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Levante-EMV, Valencia
El nuevo reglamento de gestión territorial y urbanística de la Comunitat Valenciana, en vigor desde el 23 de mayo, establece que todos los ayuntamientos deben crear y gestionar un Registro Municipal de urbanismo, de naturaleza pública, de consulta abierta a los ciudadanos.
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| Levante-EMV, Valencia
El nuevo reglamento de gestión territorial y urbanística de la Comunitat Valenciana, en vigor desde el 23 de mayo, establece que todos los ayuntamientos deben crear y gestionar un Registro Municipal de urbanismo, de naturaleza pública, de consulta abierta a los ciudadanos.
Según informaron ayer fuentes de la Conselleria de Territorio, los registros municipales de urbanismo constarán de nueve secciones: Planes Urbanísticos y Programas de Actuación; Convenios Urbanísticos en los que el ayuntamiento sea parte; cédulas de garantía urbanística; bienes inmuebles del patrimonio municipal destinados a la promoción de VPO; bienes inmuebles del patrimonio municipal de suelo que deban destinarse a la intervención de centros históricos, monumentos o inmuebles de interés patrimonial; licencias de urbanización, edificación, ocupación y demolición; solares y edificios a rehabilitar; estatutos de consorcios y sociedades urbanísticas; y agentes urbanizadores y empresarios constructores que tengan prohibición de contratar con la Administración, según fuentes del departamento que dirige Esteban González Pons. Durante el primer trimestre de cada año, los ayuntamientos con plan general deben elaborar y presentar un informe descriptivo de su actividad urbanística del año anterior, que será remitido a la Conselleria de Territorio. El nuevo reglamento también obliga a los ayuntamientos a poner en funcionamiento, en el plazo máximo de dos años, una página web para que toda la información del registro municipal de urbanismo sea accesible al público.
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